
Los derechos laborales en Perú están diseñados para proteger la integridad, la dignidad y el bienestar de las personas que prestan servicios bajo relación de dependencia. Conocerlos es esencial para exigir condiciones justas y seguras, así como para prevenir y denunciar abusos. A continuación, se exponen los principales derechos laborales que todo trabajador en Perú debe conocer.
1. Jornada de Trabajo y Descansos
Cada empleado tiene derecho a una jornada máxima de 8 horas diarias y 48 horas semanales en el régimen general. Asimismo:
- Descanso semanal: No menor de 24 horas consecutivas, usualmente el domingo.
- Horas extra: Remuneradas con un recargo mínimo del 25% sobre la hora ordinaria para horas diurnas y 35% para horas nocturnas. El tope es de 2 horas diarias.
- Trabajo nocturno: Comprendido entre las 10:00 p.m. y 5:00 a.m., remunerado con recargo del 35%.
2. Remuneración Mínima y Gratificaciones
- Remuneración Mínima Vital (RMV): S/1,050 mensuales (2025). Ningún trabajador puede percibir menos, salvo modalidades especiales con topes y beneficios proporcionales.
- Gratificaciones: Dos pagos al año —en julio y diciembre— equivalentes a una remuneración mensual completa. A ello se suma el 9% de Essalud sobre cada gratificación, cuyo costo lo asume el empleador.
3. Vacaciones Anuales
Todo trabajador con más de un año de servicios tiene derecho a 30 días calendario de descanso anual gozado con remuneración completa. Si no hace uso, corresponde compensación equivalente a su haber mensual.
4. Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
La CTS es un fondo de contingencia para el trabajador en caso de cese. Se deposita semestralmente en mayo y noviembre un monto equivalente a:
- Un sueldo por cada año de servicio o proporcional al tiempo laborado en el semestre.
- El depósito genera intereses y puede invertirse en CTS Plus u otras modalidades autorizadas.
5. Seguridad Social y Salud
- Afiliación a EsSalud: El empleador paga el 9% de la remuneración mensual para cobertura de salud. El trabajador accede a consultas, hospitalización y prestaciones complementarias.
- Sistema de Pensiones: Derecho a afiliarse a la ONP (pensión pública) o a una AFP (fondos privados), con un aporte obligatorio sobre la remuneración.
- Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales: Cobertura por riesgos laborales, gestionada por Essalud u otras aseguradoras si corresponde.
6. Protección por Maternidad y Paternidad
- Licencia de maternidad: 98 días remunerados (49 antes y 49 después del parto), con subsidio de Essalud.
- Protección de empleo: Inamovilidad laboral desde el inicio del embarazo hasta 12 meses después del parto.
- Licencia de paternidad: 10 días calendario pagados por el empleador.
7. Estabilidad y Despido
- Contratos a plazo indeterminado: ofrecen estabilidad y solo pueden terminarse por justa causa (enumeradas en la ley) o mutuo acuerdo.
- Indemnización por despido arbitrario: Tres sueldos mensuales por cada año completo de servicio, proporcional al tiempo laborado, cuando no exista causa justa declarada ante el juez laboral.
- Plazo de preaviso: No obligatorio, salvo que se pacte en convenio colectivo.
8. Derechos Colectivos y Sindicales
- Libertad de asociación: Derecho a fundar o afiliarse libremente a sindicatos.
- Negociación colectiva: Derecho a negociar convenios colectivos de trabajo que regulen condiciones laborales.
- Huelga: Derecho a huelga para la defensa de intereses colectivos, con procedimientos específicos de convocatoria y registro.
9. Protección contra Discriminación y Acoso
La ley prohíbe toda forma de discriminación por género, edad, orientación sexual, religión, discapacidad u origen. Asimismo:
- Derecho a un ambiente de trabajo libre de acoso sexual y moral.
- Procedimientos internos y sanciones administrativas contra infractores.
10. Capacitación y Desarrollo
- Capacitación continua: El empleador debe destinar como mínimo el 1% de su planilla para capacitación del personal, con programas que mejoren competencias técnicas y blandas.
- Derecho a acceder a cursos, certificaciones y programas internos de formación.
11. Pago Puntual y Liquidaciones
- Pago oportuno: La remuneración debe abonarse no más allá del segundo día hábil del mes siguiente.
- Liquidación de beneficios: Al cese, el empleador está obligado a entregar constancia de liquidación de haberes, CTS, vacaciones no gozadas y gratificaciones proporcionales.
12. Modalidades Especiales de Trabajo
- Trabajo por plazos fijos: Contratos hasta por cinco años, prorrogables, pero con igual protección salarial y social.
- Trabajo a tiempo parcial: Jornadas inferiores a 30 horas semanales, con beneficios proporcionales.
- Teletrabajo y trabajo remoto: Derecho a desconexión digital fuera del horario laboral y a equipos e infraestructura adecuados.
Conocer y ejercer estos derechos es esencial para proteger tu integridad y dignidad como trabajador. Ante cualquier incumplimiento, puedes acudir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para denunciar infracciones y exigir sanciones.